El TC avala que toda agresión en la pareja es machismo
Una sentencia niega que la Ley de Violencia de Género discrimine a los hombres
La sentencia del Tribunal Constitucional contó con los votos en contra de, al menos, tres de sus miembros. - Dani Pozo
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) sentenció el pasado 22 de julio que toda agresión de un hombre contra su mujer o ex mujer debe ser considerada violencia machista, respaldando así la polémica redacción de la Ley contra la Violencia de Género. El texto ha sido criticado por numerosos juristas, que consideran que vulnera el principio de igualdad y la presunción de inocencia de los varones.
Quienes rechazan el actual marco legal reivindican tratar de forma individual cada caso para determinar si se debe aplicar el agravante de violencia de género. El artículo 148 del Código Penal origen de la polémica y que fue modificado expresamente para incluir el agravante aumenta las penas de entre tres meses y tres años de cárcel a entre dos años y cinco. El alto tribunal se basa en este artículo para rechazar estas reivindicaciones y se apoya en sendos informes del abogado del Estado y del fiscal general del Estado.
Las consultas al TC sobre la inconstitucionalidad de la ley se iniciaron hace más de dos años. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, quien generó las consultas de la citada sentencia, remitió dos cuestiones, el 8 de marzo y el 17 de diciembre de 2007.
La sentencia del TC contó con los votos particulares de tres de sus miembros.
A pesar de rechazar los recursos de inconstitucionalidad, la sentencia del TC contó con los votos particulares de tres de sus miembros. Uno, el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata, criticó la resolución porque el acusado es sancionado con un "plus de culpa derivado de la situación discriminatoria creada por las generaciones de varones que le precedieron". En la misma línea, los detractores critican que cuando la agresión se produce en una pelea, que puede iniciar cualquiera de las dos personas, "es injusto que las penas para el hombre sean mayores".
En el lado opuesto están Yolanda Besteiro o Ana María Pérez del Campo, de la Federación de Mujeres Progresistas y la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, respectivamente. "Estamos en una sociedad patriarcal en la que todas las relaciones parten de la base de que el hombre es superior", opina Besteiro. "La agresión de un hombre a una mujer es violencia de género, al igual que la agresión de un blanco a un negro es racismo", manifiesta Pérez.
Frente a la sentencia del TC, se encuentran cerca de una quincena de resoluciones del Tribunal Supremo (TS), que han alimentado la polémica el último año y medio. Las últimas son ocho del juez Juan del Olmo, que apela al tratamiento individual de cada denuncia.
Contradicciones
El propio TS ha dictado sentencias contrarias. Las asociaciones de jueces reclaman que el alto tribunal emita un veredicto que evite ambigüedades. Tanto las sentencias de una y otra parte van "cargadas de argumentos", dice el representante de la Asociación Profesional de la Magistratura, Antonio García. Este comparte la tesis de la asociación Francisco de Vitoria, cuyo portavoz, Marcelino Sexmero, recuerda que este tipo penal "lleva dos años perfilándose, lo que da lugar a sentencias contradictorias".
"Hay un margen interpretativo tan amplio que dificulta la aplicación de la ley", añade Ángeles Álvarez, de la Red Feminista. Aun así, cree que "no toda la violencia sobre la mujer es violencia machista porque siempre hay excepciones a la norma".
La sentencia del Tribunal Constitucional contó con los votos en contra de, al menos, tres de sus miembros. - Dani Pozo
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) sentenció el pasado 22 de julio que toda agresión de un hombre contra su mujer o ex mujer debe ser considerada violencia machista, respaldando así la polémica redacción de la Ley contra la Violencia de Género. El texto ha sido criticado por numerosos juristas, que consideran que vulnera el principio de igualdad y la presunción de inocencia de los varones.
Quienes rechazan el actual marco legal reivindican tratar de forma individual cada caso para determinar si se debe aplicar el agravante de violencia de género. El artículo 148 del Código Penal origen de la polémica y que fue modificado expresamente para incluir el agravante aumenta las penas de entre tres meses y tres años de cárcel a entre dos años y cinco. El alto tribunal se basa en este artículo para rechazar estas reivindicaciones y se apoya en sendos informes del abogado del Estado y del fiscal general del Estado.
Las consultas al TC sobre la inconstitucionalidad de la ley se iniciaron hace más de dos años. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, quien generó las consultas de la citada sentencia, remitió dos cuestiones, el 8 de marzo y el 17 de diciembre de 2007.
La sentencia del TC contó con los votos particulares de tres de sus miembros.
A pesar de rechazar los recursos de inconstitucionalidad, la sentencia del TC contó con los votos particulares de tres de sus miembros. Uno, el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata, criticó la resolución porque el acusado es sancionado con un "plus de culpa derivado de la situación discriminatoria creada por las generaciones de varones que le precedieron". En la misma línea, los detractores critican que cuando la agresión se produce en una pelea, que puede iniciar cualquiera de las dos personas, "es injusto que las penas para el hombre sean mayores".
En el lado opuesto están Yolanda Besteiro o Ana María Pérez del Campo, de la Federación de Mujeres Progresistas y la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, respectivamente. "Estamos en una sociedad patriarcal en la que todas las relaciones parten de la base de que el hombre es superior", opina Besteiro. "La agresión de un hombre a una mujer es violencia de género, al igual que la agresión de un blanco a un negro es racismo", manifiesta Pérez.
Frente a la sentencia del TC, se encuentran cerca de una quincena de resoluciones del Tribunal Supremo (TS), que han alimentado la polémica el último año y medio. Las últimas son ocho del juez Juan del Olmo, que apela al tratamiento individual de cada denuncia.
Contradicciones
El propio TS ha dictado sentencias contrarias. Las asociaciones de jueces reclaman que el alto tribunal emita un veredicto que evite ambigüedades. Tanto las sentencias de una y otra parte van "cargadas de argumentos", dice el representante de la Asociación Profesional de la Magistratura, Antonio García. Este comparte la tesis de la asociación Francisco de Vitoria, cuyo portavoz, Marcelino Sexmero, recuerda que este tipo penal "lleva dos años perfilándose, lo que da lugar a sentencias contradictorias".
"Hay un margen interpretativo tan amplio que dificulta la aplicación de la ley", añade Ángeles Álvarez, de la Red Feminista. Aun así, cree que "no toda la violencia sobre la mujer es violencia machista porque siempre hay excepciones a la norma".
No hay comentarios:
Publicar un comentario