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viernes, 12 de noviembre de 2010

COMO EVITAR LA VIOLACION EN LAS CARCELES

COMO EVITAR LA VIOLACION EN LAS CARCELES



Otra pérdida provocada por el crecimiento enorme de la población carcelaria ha sido la dotación de personal y la supervisión adecuadas de las cárceles. Las consecuencias con relación a la violación son obvias. La violación se produce con mayor facilidad cuando no hay funcionarios alrededor que la vea o la oiga. Los presos contaron a Human Rights Watch que, particularmente de noche, se les deja con frecuencia solos y sin vigilancia en las galerías. Varios presos han informado a Human Rights Watch que gritaron pidiendo ayuda cuando fueron atacados, sin ningún resultado. Aunque se supone que el personal de prisiones tiene que hacer rondas a intervalos regulares, no siempre se ajustan a sus horarios. Además, con frecuencia pasean por los pasillos sin hacer ningún esfuerzo por saber qué está pasando realmente dentro de las celdas. Las dificultades para controlar ciertas áreas, sobre en las prisiones antiguas, complican más el problema. Como resumía un preso de Florida: "Las violaciones suceden porque la falta de vigilancia las hace posible. Las cárceles tienen pocos guardias y muchos puntos ciegos". Un problema crucial en relación con los abusos sexuales en las cárceles, subrayado por un preso tras otro, es la respuesta inadecuada -y, en muchos casos, desalmada e irresponsable- del personal de prisiones a las denuncias de violación. Cuando un preso informa a un funcionario de que ha sido amenazado de violación o, incluso peor, de que ha sido asaltado, es vital que su denuncia tenga una respuesta rápida y efectiva. Todavía más obvio, debe ser llevado a un lugar donde pueda ser protegido y pueda formular su denuncia de una manera confidencial. Si la violación ya se ha producido, debe de ser conducido a donde pueda recibir el cuidado médico que necesite y -un paso que es crucial para un posible procesamiento penal- donde puedan recogerse las evidencias físicas de la violación. Sin embargo, de los informes recibidos por Human Rights Watch se deduce que tales respuestas son raras.

El sistema de justicia penal aporta poca ayuda a los presos víctimas de abusos. Pocos fiscales se preocupan de perseguir los crímenes cometidos contra los presos y, en general, prefieren dejar los problemas internos de las prisiones a las autoridades carcelarias; paralelamente, los oficiales de prisiones raramente impulsan el procesamiento de los casos de abusos entre presos. Al final, los violadores en las cárceles raramente se enfrentan a acusaciones judiciales.

Los mecanismos disciplinarios internos, supuestos sustitutivos del enjuiciamiento criminal, tienden a funcionar pobremente en aquellos casos en los que la víctima denuncia el crimen. En casi todos los casos estudiados Human Rights Watch se encontró con que las autoridades habían impuesto al perpetrador sanciones disciplinarias leves -quizás quince días de aislamiento disciplinario- cuando impusieron alguna. Con frecuencia los violadores son simplemente trasladados a otro establecimiento, o se les mantiene donde están. Por el contrario, sus víctimas pueden terminar cumpliendo el resto de sus condenas bajo custodia en unidades protectoras, cuyas condiciones son, con frecuencia, similares a las del aislamiento disciplinario: veintitrés horas diarias en la celda, privilegios restringidos y no más oportunidades educativas o profesionales.

Es decepcionante el que los tribunales federales no hayan jugado un papel significativo a la hora de acabar con los abusos sexuales entre los presos. A pesar del reducido número de abogados que está dispuesto a pleitear estos casos, algunos presos, sin embargo, presentan demandas judiciales contra las autoridades de prisiones tras la violación. Afirman que el incumplimiento por las autoridades de la obligación de protegerles de los abusos viola la prohibición de "castigos crueles y insólitos" contenida en la Octavo Enmienda [Eighth Amendment] a la Constitución de los Estados Unidos. Tales casos son frecuentemente descartados al inicio de la tramitación procesal. Pero cuando un caso excepcionalmente llega a la vista ante un jurado, el preso denunciante se encuentra ante una audiencia absolutamente insensible a su historia. Aunque se han fijado unas pocas indemnizaciones generosas por daños sufridos en violaciones en prisión, estos casos han sido muy raras excepciones a la regla general.

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Tel.: 900 20 09 99(Servicio telefónico de información a la mujer, 24 horas)
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