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viernes, 29 de mayo de 2009

VIOLENCIA EN EL NOVIAZGO

VIOLENCIA EN EL NOVIAZGO
La violencia en el noviazgo puede ocurrir de forma sutil, tan sutil, que puede pasar inadvertida... Puede darse tanto del hombre hacia la mujer como viceversa. La violencia no tiene género, edad, ni condición social. No ignores tus observaciones ni sentimientos, no los guardes bajo el pensamiento erroneo de que “las cosas cambiarán” porque cuando cambian , siempre es a peor. Nadie cambia por amor.
Para prevenir o enfrentar una posible relación de violencia:
•Respeta y exige respeto en las decisiones personales.
•Evita presionar y no permitas presión de la otra persona.
•Cuida y respeta los aspectos y espacios individuales.
•Mantén una comunicación directa, clara y consistente.
•Cuando enfrentes dudas, discute tu situación con una persona de confianza y escucha su punto de vista, compáralo con el tuyo y toma una decisión.
•Rechaza aquellas situaciones en las que no sientes bienestar y en las que, por el contrario, experimentas control.
•En ocasiones, finalizar la relación es la mejor alternativa. Es mejor un buen amigo que un mal amor.
Entre los casos que hoy se catalogan como violencia doméstica, el problema inició con episodios de violencia en el noviazgo. La violencia en el noviazgo puede confundirse y aceptarse como una muestra de amor, e incluso cuando el control no se presenta, se cuestiona el amor. Por ejemplo:
•Siente celos / porque “me ama”.
•Me llama constantemente / es que “se interesa en mí”.
•Pregunta dónde estoy y con quién / es que “me cuida”.
•Me prohíbe ir a lugares que son de mi interés / “quiere estar conmigo más tiempo”.
•Está en contra de lo que dicen mis padres y hasta sugiere la desobediencia / es que “me defiende”.
•Me dice qué ropa puedo usar / “vigila mi apariencia cuidando que otros no se aprovechen”.
Estos “signos de amor” son los principales aspectos a considerar como indicadores de una posible relación de control.
Existen ciertos indicadores que debes observar:
•Invadir decisiones personales como a dónde voy y con quién.
•Intentos de controlar tus relaciones, tales como amigos, compañeros de estudio, compañeros de trabajo y hasta familiares.
•Crítica negativa a amigos y familiares.
•Estar pendiente de las amistades.
•Celos excesivos e injustificados que ocasionan situaciones de estrés.
•Amenazas y manipulaciones en casos donde las cosas no se harán a su estilo. Estas amenazas incluyen finalizar la relación.
•Expresar que es superior a ti .
•Conductas y expresiones posesivas como: “Eres mia”.
•Supervisar tu apariencia personal y actividades sociales.
•Prohibir la oportunidad de estudio y trabajo.

jueves, 28 de mayo de 2009

Cámara de Diputados de Bolivia estudia castración para violadores de menores

Agencia EFE. La Paz 27 de mayo 2009

Una comisión parlamentaria de Bolivia estudia la posibilidad de castigar con castración química o quirúrgica a los violadores de menores, un delito que aumentó un 120 por ciento en los últimos dos años en el país, explicó hoy a Efe el diputado de Unidad Nacional (UN) Guillermo Mendoza.

Mendoza aseguró que la castración es una de las tres opciones que baraja esta comisión parlamentaria para encontrar un sistema que "resuene en el oído de los delincuentes (para que) se lo piensen dos veces antes de cometer estas atrocidades".

La Comisión de Política Social de la Cámara de Diputados pretende crear un debate con todas las instituciones y sectores implicados de cara a elaborar un borrador de proyecto legislativo.

Según Mendoza, la iniciativa legal sería debatida en la futura Asamblea Plurinacional de Bolivia (el órgano equivalente al actual Congreso Nacional según la nueva Constitución) que se conformará tras las elecciones generales del 6 de diciembre.

"Queremos tratar este tema de forma muy responsable, muy humana y dentro de los derechos humanos, por eso hemos convocado a diferentes instituciones del país", aseguró Mendoza, quien destacó que el delito de "violación a niños y niñas es tan abrumador que el Parlamento no puede eludir el debate".

Entre las posibles sanciones para los violadores, se analizó la pena de muerte que fue descartada puesto que no se contempla en la Constitución boliviana.

Las otras opciones que se estudian son 30 años de cárcel "sin derecho a indulto, sin alegatos y sin mayores razonamientos", y la de añadir a esta reclusión la castración química o quirúrgica del violador.

La castración química se realiza mediante la aplicación de un anticonceptivo femenino que "baja los niveles de testosterona y reduce la agresividad y el deseo sexual", mientras que la quirúrgica o extracción de los testículos a través de una operación se plantea cuando la violación esté acompañada de "asesinato o tortura".

El diputado sostuvo que, tal y como se ha probado en otros países, la castración química es "más que un castigo, una prevención" y apuntó que el violador podrá recurrir voluntariamente a esta técnica para obtener su libertad provisional cuando haya cumplido una parte de su condena.

Además, Mendoza señaló que este tipo de castración es reversible, ya que cada seis meses se recuperan las capacidades y hay que volver a aplicarla.

El diputado lamentó que los índices de violaciones en menores "se han incrementado tremendamente" en los últimos dos años en Bolivia, así como "el salvajismo y la crueldad" que acompañan a estas vejaciones.

De hecho, un 20 por ciento de las violaciones acabaron en muerte en los últimos dos años, según los datos del parlamentario de UN.

"Los sistemas penales son demasiado benevolentes y no están causando la advertencia al delincuente para que no incurra al delito", concluyó.

martes, 26 de mayo de 2009

La televisión como modelo

La televisión como modelo

Los malos tratos a la mujer pueden entrar también por la pantalla del televisor. Hay estudios que sugieren que lo se ve en televisión puede inspirar a un pequeño porcentaje de individuos a actuar de la misma manera. Sin embargo, son casos anecdóticos, poco significativos estadísticamente, Pero lo que es más preocupante es que estas imágenes crean determinadas actitudes hacia las mujeres. Es decir, que la representación en la pantalla de comportamientos violentos normalizados contra las mujeres se asume como algo aceptable. No es que las personas imiten lo que ven en la televisión sino que adoptan actitudes que les llevan a ser agresivas después".
El efecto de los medios de comunicación en el individuo se ha intentado explicar con varias teorías:
Una de ellas, postulada por George Gerbner, dice que los individuos que hacen un uso excesivo de los medios ven el mundo como un retrato de lo que ven en la pantalla. Gerbner se refiere a ello como el síndrome del mundo mezquino.
Otra teoría, de Elisabeth Noelle-Neumann, sugiere que el impacto de los medios es acumulativo y responsable de las aptitudes y valores que imperan en la sociedad actual.

sábado, 23 de mayo de 2009

Trata de mujeres


Trata de mujeres

El tráfico de mujeres es un fenómeno que hunde sus raíces en la historia y que estuvo ligado desde los orígenes a las guerras, la esclavitud y la objetivación sexual de las mujeres. Durante el período colonial, las mujeres, principalmente las africanas e indígenas, eran traficadas como esclavas con un triple propósito: trabajar como mano de obra gratuita; la reproducción de esclavos, o sea, la producción de más mano de obra gratuita; y servir de objeto sexual. Este último propósito estaba siempre presente aunque el objetivo principal fuera cualquiera de los otros dos y podía darse dentro del mercado matrimonial o con otras figuras como concubina, o simplemente mujer a libre disposición del patrón.
En la actualidad La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) calcula que la trata de mujeres y niños, que casi siempre se realiza para la explotación sexual con fines comerciales, genera hasta 8.000 millones de dólares anuales. Las enormes ganancias que obtienen los perpetradores, que cada vez están más vinculados a la delincuencia organizada, han convertido ese delito en una amenaza mundial que se extiende rápidamente.
Las mujeres y niñas pobres figuran entre los principales grupos afectados por los tratantes debido a su marginación y limitados recursos económicos. Algunas participan voluntariamente animadas por promesas de mayores ingresos y la esperanza de dejar atrás la pobreza. Otras lo hace obligadas, y muchas terminan en la prostitución contra su voluntad. El tráfico de mujeres en América Latina, por sus características, puede dividirse en dos: el tráfico interno, que se refiere a la demanda existente en el propio país, y el tráfico externo.
Este último está dirigido a cubrir una demanda más amplia en el mercado internacional y por ello está relacionado directamente con redes europeas y asiáticas, especialmente de Japón; que tienen sus puntos de operación y reclutamiento principalmente en Brasil, Surinam, Colombia, República Dominicana y las Antillas, para los centros de distribución ubicados en España, Grecia, Alemania, Bélgica y Holanda.
Solo en España, los datos facilitados por los centros de acogida y protección sostenidos por instituciones de la Iglesia Católica nos manifiestan que la mayoría de estas mujeres pertenecen a países, sobre todo, de América Latina (Colombia, Brasil, República Dominicana,Ecuador) y del Este de Europa (Rusia, Lituania, Croacia). Este diagnóstico es coincidente con los datos ofrecidos por la Dirección General de la Guardia Civil (año 2000) que citan a América Latina como lugar de procedencia del 70% de las víctimas de la trata de mujeres.
Aunque los países nombrados tienen un papel principal en la organización del tráfico, actualmente las conexiones y envíos se realizandesde casi todos los países de la región.
Pero no sólo los centros de emisión se han diversificado. Las redes de traficantes han creado nuevas modalidades de trata que intentan burlar la tipificación de tráfico. Una de ellas es la del contrato de trabajo.
Generalmente, las redes de traficantes publican avisos en los diarios, ofreciendo empleo en el exterior. En los mismos, incluyen informaciones parciales sobre su trabajo en los países de destino, ocultando un panorama real de las exigencias del mismo. Si bien algunas de las personas que son atraídas por los anuncios tienen una idea aproximada del trabajo que van a realizar, las perspectivas son más glamorosas y atractivas cuando aparecen los anuncios y no se condicen con la realidad que encuentran las mujeres al llegar a destino. Cuando se enfrentan a la situación y se resisten a aceptar su nuevo trabajo, son presionadas y forzadas a realizarlo.
Hoy millones de mujeres en el mundo entero son traficadas con distintos propósitos mostrando un crecimiento alarmante del problema. El negocio mayoritario lo constituye el tráfico con fines de explotación sexual, que, según estimaciones de Naciones Unidas mueve anualmente entre 5 y 7 billones de dólares, con un desplazamiento cercano a los 4 millones de personas en el mismo período.8 En numerosos casos, mujeres traficadas para trabajos domésticos terminan siendo explotadas sexualmente.

jueves, 21 de mayo de 2009

VIOLACIÓN DE LA MUJER

VIOLACIÓN DE LA MUJER
La violación en una cita ocurre cuando alguien obliga a otra persona con la que tiene un encuentro o con la que pasa el tiempo a tener sexo.
Más del 50% de las violaciones sucede en la casa de la víctima cuando el violador irrumpe o logra entrar con falsos pretextos, como pedir el teléfono o haciéndose pasar por el encargado del mantenimiento o un vendedor.
Las violaciones y asaltos sexuales son planificados; no son resultados de estallidos impredecibles de pasión. El plan suele ser sutil y complejo, envolviendo amenazas y acciones manipuladoras. Por ejemplo, temprano por la tarde, el violador pudo haber demostrado su fuerza de una manera juguetona, jugando luchas o quizás le mostró a ella su colección de pistolas, o tal vez le mencionó de actos violentos que él cometió en el pasado. El propósito es plantar las semillas del miedo que van a socavar sus defensas cuando sea atacada.
Los violadores que buscan poder y violan a sus acompañantes durante una cita a menudo razonan. :Eran una cita y ella sabía lo que iba a pasar"(como si la violación fuera parte de todas las citas); o "No debió de haber tomado tanto si no quería hacer eso" (desde cuando es el confiar en alguien una invitación a violación sexual?); o "Ella no puso resistencia ni gritó"(como si el estar inmovilizada por el miedo o en estado de ataque debería interpretarse como consentimiento.)
Las mujeres que han sido violadas por sus esposos o acompañantes en una cita experimentan muchos de los mismos temores y sentimientos que las víctimas de cualquier otro asalto sexual. Sufren sentimientos de culpabilidad ("¿Fué algo que yo dije o hice"?), de temor ("¿que tal si sucede otra vez?") y la pérdida de confianza ("¿cómo pudo haberme hecho esto?")
La víctima necesita saber que fue el plan del violador y no sus acciones lo que condujo a la violación sexual. Necesita escuchar que él es un criminal y que ella no es cómplice del crimen sino más bien fue una víctima. Necesita entender que sus reacciones durante el asalto, ya sea si escogió no poner resistencia o gritar o cualquier otra táctica, fueron necesarias para sobrevivir. Solo sus instintos pudieron alertarla si existía el potencial para violencia en ese momento y ella hizo lo correcto en confiar en sus instintos. Si elige o no el acusar, es importante que ella contacte a alguien capacitado para trabajar con víctimas de abuso sexual para que así el proceso de sanación empiece lo más pronto posible.

La violación es un acto de violencia expresado a través del sexo, pero en su mayoría no es acerca del sexo.
Se cree que aquellas personas que enfrentan alguna forma de discriminación están en mayor riesgo de ataques sexuales. Por ejemplo, las personas con discapacidad o limitación del lenguaje tienen menos capacidad de solicitar ayuda; las prostitutas o los prisioneros convictos tienen menos credibilidad.

martes, 19 de mayo de 2009

Efectos psicológicos en los hijos de padres maltratantes


Efectos psicológicos en los hijos de padres maltratantes

Aunque la mayor parte de los agresiones no siempre están dirigidas a los hijos, en ocasiones se vuelve difícil ser reconocidas al no dejar huellas “visibles”, tratándose de un maltrato donde el espíritu es el que sufre.


Un alto porcentaje de los hijos que al igual que sus madres han sido agredidas, reconocen un conjunto de actitudes, palabras dirigidas a avergonzar, censurar, humillar, presionar o rechazar al niño, de manera especial en los hijos o hijas de otras relaciones.
En estos niños los efectos psicológicos son más notables, pues traducen sus trastornos en enfermedades psicosomáticas tales como la enuresis, encopresis, déficit de atención, problemas de aprendizaje, aquí el niño a veces no puede rendir bien por condiciones ajenas a su voluntad o por exigencias exageradas de sus padres, problemas de conducta, de comportamiento, frustraciones, ya que el adulto al sentirse fracasado hemos podido determinar que hijos de padres agresivos también en el futuro serán padres agresores.
Es común que los hijos (as) de parejas con problemas de violencia domestica se distribuyan la culpabilidad de los conflictos de los padres manteniendo y profundizando los efectos antes señalados.

lunes, 18 de mayo de 2009

La Ley de Extranjería dará permisos de trabajo a las mujeres maltratadas

El anteproyecto de reforma suaviza la reagrupación familiar y el internamiento de 'sin papeles' - Aclara que las ONG no serán penalizadas por ayudarles
El Gobierno ha modificado sustancialmente el anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería. La versión definitiva que, como anunció el presidente José Luis Rodríguez Zapatero en el debate sobre el estado de la nación, ha sido remitida al Consejo de Estado, recoge numerosas sugerencias aportadas por los organismos a los que el texto fue sometido a consulta. Entre las novedades del documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, destaca el tratamiento a las víctimas de violencia de género en situación irregular, cuyos expedientes de expulsión quedarán paralizados desde el momento en que realicen la denuncia; además, podrán obtener autorizaciones provisionales de estancia y de trabajo, por circunstancias excepcionales, hasta que termine el procedimiento judicial. En 2008, el 44% de las mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas fueron inmigrantes.
Aunque mantiene la filosofía restrictiva de la primera versión, el anteproyecto suaviza algunos requisitos en materia de reagrupación familiar, repatriación de menores, expulsión de inmigrantes irregulares y prolongación del periodo de internamiento. También aclara el punto relativo a quienes proporcionen "hospitalidad" a los sin papeles. Los trabajos han sido coordinados por la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, bajo la dirección del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho. El Ejecutivo tiene previsto enviar el nuevo texto al Congreso antes de que finalice el periodo de sesiones, en verano.

Éstas son las novedades más importantes:

- Víctimas de violencia de género. Ahora, cuando una extranjera sin papeles acude a denunciar una agresión, las autoridades tienen la obligación de poner en marcha un expediente sancionador por estancia irregular. Sólo cuando es pronunciada una sentencia firme que confirme su denuncia puede obtener un permiso de estancia y de trabajo. La nueva redacción del anteproyecto de ley incluye un artículo que ofrece a las mujeres la posibilidad de obtener una autorización provisional de estancia y de trabajo por circunstancias excepcionales; es decir, que puedan trabajar hasta que se pronuncie la sentencia. Además, "si al denunciar una situación de presunta violencia de género la mujer extranjera pusiera de manifiesto (...) que se halla en situación irregular, el expediente sancionador incoado" por ese motivo será suspendido "hasta la resolución del procedimiento penal denunciado".

La extranjera que se halle en esa situación podrá solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se dicte una orden de protección a su favor o cuando cuente con un informe del ministerio fiscal en el que se constaten indicios de violencia de género. "Dicha autorización no se resolverá hasta que recaiga sentencia o concluya el procedimiento penal". También las autoridades podrán concederle una autorización de trabajo provisional, que conllevará su habilitación para permanecer en España en régimen de estancia. Esa autorización concluirá en el momento en que se conceda o deniegue definitivamente la autorización por circunstancias excepcionales.

Si el procedimiento penal concluyera declarando a la extranjera víctima de violencia de género, se cerrará el expediente sancionador incoado por estancia irregular en España "sin que quepa propuesta de sanción" y podrá concedérsele una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales. Pero si finalmente no quedara establecida su condición de víctima, se reanudará el expediente suspendido.

- Reagrupación familiar. El anteproyecto restringe la reagrupación familiar de los ascendientes y la limita a los mayores de 65 años. Sin embargo, en la nueva redacción abre la vía a la reagrupación a menores de esa edad por razones humanitarias, para evitar, por ejemplo, que no se pudiera reagrupar simultáneamente a unos progenitores porque el padre tuviera 70 años y la madre 63. El artículo 17 señala que el extranjero tiene derecho a reagrupar con él en España a su cónyuge, a sus hijos y a los del cónyuge siempre que sean menores de 18 años o discapacitados; también a los menores de 18 años o discapacitados de los que el residente sea representante legal y a sus ascendientes o a los de su cónyuge cuando estén a su cargo y sean mayores de 65. Ahora añade: "Excepcionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario podrá reagruparse al ascendiente menor de 65 años".

También se modifican y suavizan las exigencias económicas para la reagrupación. Hasta ahora sólo se tenían en cuenta los ingresos del reagrupante. Ahora se añaden a éstos los de su cónyuge. "En la valoración de los ingresos a efectos de la reagrupación (...) se tendrán en cuenta otros ingresos aportados por el cónyuge que resida en España y conviva con el reagrupante".

Asimismo, el anteproyecto establece que "en caso de muerte del reagrupante, los familiares reagrupados podrán obtener una autorización de residencia independiente (...)".

- Hospitalidad. La ambigua redacción del punto 2.c del artículo 53 del anteproyecto, relativo a infracciones graves, hizo temer a algunas ONG que iban a ser penalizadas por socorrer a inmigrantes en situación irregular. Ello levantó una gran polvareda, a pesar de que la secretaria de Estado de Inmigración insistió repetidamente en que se trataba de una imprecisión y que iba a ser subsanada. El artículo va dirigido, sobre todo, contra las personas que utilizan cartas de invitación para favorecer la inmigración irregular.

La primera redacción calificaba como infracción grave "promover la permanencia irregular en España de un extranjero. Se considerará que se promueve la permanencia irregular cuando el extranjero dependa económicamente del infractor y se prolongue la estancia autorizada más allá del periodo legalmente previsto (...)". La nueva redacción dice que es infracción grave -castigada con hasta 10.000 euros de multa- "promover la permanencia irregular en España de un extranjero cuando su entrada legal haya contado con una invitación expresa del infractor y continúe a su cargo una vez transcurrido el periodo de tiempo permitido por su visado o autorización (...)".

- Internamiento. Uno de los capítulos más polémicos del anteproyecto es el referido al ingreso de los sin papeles en centros de internamiento. Además de incrementar el periodo de encierro de 40 a 60 días, incluía tres supuestos en los que el cómputo de la reclusión quedaba suspendido (prorrogado) y hacía aquélla mucho más larga: mientras durara la tramitación del procedimiento de asilo, mientras se resolviera la admisión de habeas corpus o mientras el extranjero estuviera enfermo. En la nueva redacción, los 60 días siguen en pi, pero se establecen garantías judiciales para la suspensión del cómputo por solicitar asilo -sólo podrá prorrogarse un máximo de 14 días- y para la admisión del habeas corpus. La suspensión por enfermedad queda fuera de la nueva redacción.

Una nueva disposición adicional compromete al Gobierno a aprobar, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la ley, un reglamento que desarrolle el régimen de internamiento de los extranjeros.

- Reagrupación para españoles. Los españoles, incluidos los extracomunitarios nacionalizados, tendrán ventajas para reagrupar a sus ascendientes. Así lo asegura una nueva disposición adicional: en el reglamento que desarrolla la ley "se podrán establecer condiciones especiales más favorables" respecto a las previstas en esta ley, para la reagrupación familiar ejercida por los españoles.
ASISTENCIA JURÍDICA. Abogado para los internos
Se facilita a los extranjeros la posibilidad de que designen a un abogado de oficio en los procesos contra las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa en materia de denegación de entrada, devolución o expulsión. La manifestación de la voluntad de recurrir "deberá realizarse en la forma y ante el funcionario público que reglamentariamente se determinen, de manera que se garantice la facultad de ejercer su derecho a la asistencia jurídica gratuita también cuando (...) el extranjero pudiera hallarse privado de libertad".
MENORES. Escuchar antes de repatriar
Por primera vez, la ley incluye la necesidad de oír al menor "si tiene suficiente juicio" y de contar con un informe del ministerio fiscal antes de su repatriación. "Los mayores de 16 y menores de 18 años", añade, "tendrán capacidad de obrar en el procedimiento de repatriación (...) personalmente o a través del representante que designen". Además, cuando se trate de menores de 16 "con juicio suficiente" y "voluntad contraria" a la de su tutor, se suspenderá el procedimiento hasta nombrar al defensor judicial que le represente.
EXPULSIONES. Aumentan las garantías
El anteproyecto de la ley incrementa las garantías de la expulsión. Cuando los infractores sean extranjeros y realicen conductas tipificadas como muy graves o graves (carecer de autorización de residencia, trabajar sin permiso...) podrá aplicarse, "en atención al principio de proporcionalidad", en lugar de la sanción de multa, la expulsión del territorio español, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo y "mediante la resolución motivada que valore los hechos que configuran la infracción".

domingo, 17 de mayo de 2009

Efectos del maltrato en la salud

Efectos del maltrato en la salud

a) Baja autoestima, poca o escasa valoración sobre su propia persona. La pérdida del amor y respeto a sí misma, genera problemas para desenvolverse en todos lo ámbitos de la vida.
b) Depresión: sentimiento de profunda tristeza y pérdida de sentido de la vida como consecuencia de no haber logrado la “armonía familia”
c) Dependencia emocional: la víctima se siente limitada en su actuación, pensamiento y sentimientos, porque sus decisiones van a depender de la aprobación del agresor.
d) Sentimientos encontrados de amor, odio, sumisión, terquedad, que no favorecen a tomar una decisión firme.
e) Enfermedades de transmisión sexual.
f) Embarazos no deseados: la víctima no tiene oportunidad de protegerse frente a un embarazo.
g) Abortos espontáneos provocados.
h) Desarrollo de conductas nocivas para la salud como alcoholismo, tabaquismo, drogadicción.
i) Desordenes de alimentación.

viernes, 15 de mayo de 2009

Efectos de la mujer maltratada a nivel personal


Efectos de la mujer maltratada a nivel personal
Como consecuencia del maltrato podemos determinar que las mujeres agredidas sufren una serie de trastornos psicosomáticos tales como úlceras, gastritis, cefaleas, dolores musculares, etc. En cuanto a lo psicológico se indica que la persona agredida presenta los siguientes trastornos:
Temor, constituye la reacción más común por las constantes amenazas y situaciones violentas vividas.
Inseguridad: la persona agredida se muestra indecisa e incompetente para la toma de decisiones, como consecuencia de la inestabilidad que tiene frente a la pareja y el no saber cómo enfrentar el problema.
Culpa: la víctima asume que todo lo que le está ocurriendo es su responsabilidad, cree que de alguna manera merece ser castigada.
Verguenza: se expresa con la tendencia a silenciar la situación que atravieza, o con dificultad de expresar lo que le sucede.
Aislamiento: la victima tiene la sensación de ser la única que tiene este tipo de problemas, por lo cual le resulta difícil pedir ayuda.
Falta de empoderamiento, imposibilidad de tomar decisiones sobre su situación actual, debido a la gran inseguridad que presentan.

miércoles, 13 de mayo de 2009

ESTEREOTIPOS HOMBRE/MUJER ERRONEOS

ESTEREOTIPOS HOMBRE/MUJER ERRONEOS


• No me importa que mi pareja haya salido con much@s antes de salir conmigo. (Estereotipo: Considerar a la pareja como propiedad privada).
• Si no siento celos en mi relación de pareja es que no le quiero de verdad. (Estereotipo: Sentir celos es una prueba irrefutable del hecho de querer a alguien).
• Si estoy verdaderamente enamorad@ no me puede gustar nadie más. Si esto me sucede es que no amo de verdad a mi pareja. (Estereotipo: La exclusividad y la fidelidad “real y imaginaria” como pruebas de amor).
• Si otra persona me ama sabrá lo que me pasa cuando estoy enfadad@, triste,... sin tener que preguntármelo. (Estereotipo: Cuando hay amor no hace falta la comunicación directa ya que entre las dos personas hay una especie
de “poder telepático”).
• Si mi pareja me engaña merece algún tipo de castigo. (Estereotipo: En nombre del amor todo vale).
• No tengo en cuenta los insultos de mi pareja si tiene algún problema: está pasando una mala temporada, está nervios@,... (Estereotipo: Por “amor” se perdona todo).
• Acepto mantener relaciones sexuales con mi pareja aunque no tenga ganas. (Estereotipo: Anularse por “amor”/ Por amor todo se justifica).
• Hace dos semanas que salimos juntos y no nos hemos dado ni un beso, no estamos enrollados, etc. El chico ha de dar el primer paso. (Estereotipo: Tomar la iniciativa es cosa de hombres).
• Necesito pareja para realizarme totalmente como persona. (Estereotipo: La idea de la “media naranja”).
• Cuando encuentre a mi pareja será para siempre. (Estereotipos: Idealizar a la otra persona/El verdadero amor es para siempre).
• Es normal dejar de ver a los amigos y a las amigas cuando sales con alguien. (Estereotipo: Depender de la otra persona).
• Si a mi pareja no le gusta alguna de las piezas de ropa que tengo, no me la pongo si me lo pide. (Estereotipo: Depender de la otra persona).
• Este sábado tu grupo organiza una fiesta y tú quieres ir. A tu pareja no le caen bien tus amigos y amigas y no quiere que tú vayas. (Estereotipo: En nombre del amor todo vale).
• En una pareja cada uno ha de tener sus roles. Por ejemplo, las mujeres: ocuparse de la compra, preparar la comida, asistir a las reuniones del colegio de l@s niñ@s; los hombres: llevar la contabilidad familiar, ocuparse
del mantenimiento del coche, pedir un crédito al banco,… (Estereotipos: Depender de la otra persona/ Anularse por “amor”).

lunes, 11 de mayo de 2009

DIFERENTES TIPOS DE MALTRATO EN EL MUNDO CONTRA LA MUJER. ISRAEL

DIFERENTES TIPOS DE MALTRATO EN EL MUNDO CONTRA LA MUJER. ISRAEL
En Israel, el matrimonio, como el divorcio o los entierros, se rige por la ley religiosa judía, dictada por sabios ancestrales y aplicada casi siempre por ultraortodoxos. Las bodas civiles no existen.
Menos impactante, pero mucho más extendido, es el problema de las mujeres a las que sus maridos niegan el divorcio.

Hombres como Meir Briksman, un tipo rubio, de 1,90 de estatura, residente en Jerusalén, judío askenazi (descendiente de los judíos que se asentaron en Centroeuropa en el siglo X). El tribunal rabínico de Jerusalén ha difundido carteles en los que exige a quien se tope con él que le haga el vacío. Que le "impida unirse a una sinagoga, le dé alojamiento o cualquier ayuda" hasta que conceda "incondicional e inmediatamente el divorcio a su esposa", que espera desde hace un lustro.
El proceso de divorcio frente a un marido recalcitrante se torna a veces en auténtico chantaje. A menudo, ellas renuncian a los hijos, a la pensión, a la casa, a todo, a cambio del divorcio. Lo que sea por romper el vínculo conyugal y tener más descendencia, si se tercia. Porque, si una mujer todavía casada tiene hijos con otro hombre, éstos serán considerados bastardos. Una situación que rabinos y mujeres intentan evitar a toda costa. En cambio, si la recalcitrante es ella, la halajá (la ley religiosa) ofrece una salida: el marido puede volver a casarse con todas las de la ley, religiosa, con el permiso de 100 rabinos.
Los jueces rabínicos han decidido dar a Meir Briksman, el jerosolimitano en búsqueda y captura, su propia medicina: él tampoco podrá casarse de nuevo "ni con el consentimiento de 100 rabinos". Es una medida extraordinaria. Rarísima vez los rabinos se ponen así de duros. Sólo el esposo puede romper un matrimonio judío. Si una israelí tiene hijos con otro hombre sin haber obtenido el divorcio, estos serán tratados como bastardos. Grupos feministas piden a los rabinos una relectura de la ley religiosa
Los grupos de mujeres recalcan que la ley religiosa judía, desde hace siglos, y la ley israelí, desde 1995, contemplan sanciones para que el marido cambie de opinión. Tales castigos van desde negarle un entierro judío a retirarle el carné de conducir, la licencia profesional e incluso mandarle a prisión. El drama es que los tribunales rara vez las aplican. Sólo en 38 de los 8.000 procesos de divorcio existentes en 2005 hubo sanciones, según datos de Ruth Halperin-Kaddari, presidenta del Centro para el Avance del Status de las Mujeres de la Universidad de Bar-Ilan. "El motivo es que casi todos los jueces rabínicos son ultraortodoxos nada sensibles con la trágica situación de estas mujeres", explica la profesora.
Imposible saber con exactitud cuántas israelíes renuncian a sus derechos para obtener el divorcio. Una encuesta reveló que 100.000 mujeres israelíes se han visto o temen verse en semejante situación. "Mucha gente cree todavía que este asunto no va con ellos, pero puede afectar a cualquier judía casada por lo religioso", advierte Halperin-Kaddari.
En Israel, un divorcio supone bastante más que la batalla entre un hombre y una mujer. "Aquí es además una batalla entre los tribunales rabínicos y los civiles", según Halperin-Kaddari. Ambos conviven en equilibrio frágil desde la fundación del Estado judío, en 1948. Susan Weiss, del Centro para la Justicia con las Mujeres, coincide con la profesora en que la solución global está en una aplicación más moderna, más abierta, de la ley judía.

sábado, 9 de mayo de 2009

LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO, EN LA LEY

LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO, EN LA LEY

Discriminación en los derechos y responsabilidades durante el matrimonio:

• En 1984, Argelia adoptó un Código de Familia que limita los derechos de la mujer en el matrimonio al consentir la poligamia, ordenar la obediencia de la mujer al hombre y restringir las causas de divorcio para las mujeres.
• Las leyes de obediencia de la mujer existen en varios países, como Sudán (1991) y Yemen (1992), donde se estipula explícitamente que las mujeres deben estar disponibles para tener relaciones sexuales con sus maridos y que no pueden abandonar el hogar conyugal sin su permiso. En Chile, el marido es el titular de la custodia de bienes conyugales. En Nepal, una mujer pierde su herencia cuando contrae matrimonio.
Violación en el matrimonio
• Las mujeres a menudo carecen de protección legal frente a violaciones por parte de sus maridos. India, Malasia y Tonga, por ejemplo, excluyen de manera explícita en sus leyes sobre violación los actos sexuales forzados en el matrimonio.
• En Guatemala el Código Penal exime de culpa al hombre que haya violado a una mujer si éste se casa con ella, exceptuando el caso de tratarse de una menor.
• En Pakistán, el testimonio de una mujer vale la mitad que el de un hombre como prueba en un tribunal de justicia y para demostrar que ha sido violada debe contar con al menos “cuatro testigos hombres musulmanes adultos”.
Normas penales discriminatorias
• En Afganistán, el adulterio femenino es un delito común que puede ser castigadocon hasta 10 años de cárcel o con la lapidación.
• En algunas zonas de Nigeria tener un hijo o una hija fuera del matrimonio es razón suficiente para declarar a una mujer culpable del delito de adulterio.
• En algunos países la prostitución es un delito mientras que la contratación de servicios de prostitución no lo es. En Filipinas, por ejemplo, la prostituciónn se define legalmente como un delito que únicamente pueden cometer las mujeres.
Impunidad de la violencia en el ámbito familiar
• El Código Penal de Nigeria permite a los maridos utilizar la violencia física para “regañar” a sus mujeres siempre que no les causen un “daño grave”. (se considera daño grave aquel que supone pérdida de visión, de la audición
o de la facultad de hablar además de las desfiguraciones faciales u otras heridas que pongan en peligro su vida).
Poligamia y discriminación en la edad del matrimonio
• En países tan dispares como Japón y Rumanía, los hombres no pueden contraer matrimonio antes de los dieciocho años mientras que la ley permite a las mujeres hacerlo antes de esa edad.
• El Código Matrimonial y de Tutela de Malí permite exclusivamente al hombre la elección entre una relación monógama o una polígama hasta de cuatro esposas.
Derecho a la disolución del matrimonio
• En Israel, a diferencia de los hombres, una mujer judía no tiene derecho a divorciarse.

miércoles, 6 de mayo de 2009

Cyberbullying, el acoso virtual

No es más que otra forma de violencia. Sólo que a través de la tecnología, el lenguaje que tanto usan los adolescentes. Los casos de cy berbullying, como se llama en los Estados Unidos a este fenómeno, no son otra cosa que una forma en que la intimidación o el acoso trascienden todas las fronteras al reproducirse en el espacio virtual de la Web.

Los correos electrónicos, los mensajes de texto, el messenger, las páginas web difamatorias, los blogs y los videos online son algunas de esas vías de reproducción que se multiplican indiscriminadamente al estar disponibles en Internet.

No es el patio ni es la vereda. El escenario donde muchos jóvenes humillan a otros es la red global.

Lo peor de estas prácticas, según los especialistas, es que las plataformas tecnológicas permiten que este caso se sostenga durante todo del día, los fines de semana y que, incluso, se extienda más allá del ámbito escolar. "Lo que antes sólo se enteraba un grupo de amigos, ahora lo puede saber todo el mundo", explican los expertos.

En la Argentina, las escuelas parecen hacerse eco cada vez más de las prácticas que se desarrollan en otros países con más experiencias en estas temáticas, como los Estados Unidos o España.

En Mendoza, hace unos meses, un alumno de 15 años del primer año del nivel Polimodal sufrió reiterados hostigamientos, bromas y golpes de sus compañeros, que con un teléfono celular grabaron cómo lo golpeaban y subieron el video al portal de videos YouTube.

El caso motivó la protesta de los padres del damnificado y la intervención del organismo de Orientación Psicopedagógica de la Dirección General de Escuelas. No es un tema menor: uno de cada cuatro alumnos le tiene miedo a alguno de sus compañeros, según una investigación reciente del Observatorio de la Convivencia Escolar de la Universidad Católica Argentina (UCA).

sábado, 2 de mayo de 2009

DIFERENTES TIPOS DE MALTRATO EN EL MUNDO CONTRA LA MUJER. JAPÓN

DIFERENTES TIPOS DE MALTRATO EN EL MUNDO CONTRA LA MUJER. JAPÓN





El abuso sexual está muy extendido en Japón y ampliamente tolerado.Problemas más comunes asociados con las sociedades occidentales han florecido en Japón en silencio durante mucho tiempo.
Algunas cifras inquietantes de los estudios del gobierno japonés mostró que el 14% de mujeres atendidas en los hospitales por lesiones son víctimas de la violencia doméstica, que incluso entre los jóvenes no ven nada de malo en este tipo de comportamiento de los maridos , y que la trata internacional de mujeres para el comercio sexual es rampante.
La explotación de la mujer en el Japón mediante el uso de dos cuestiones diferentes, pero relacionados: la violencia doméstica, la mujer y la trata de personas es un hecho real y cotidiano. en un estudio realizado por el Govierno muchas mujeres habían sido objeto de trata en Japón para trabajar en la industria del sexo, y muchos otras fueron víctimas de la violencia doméstica.

Los últimos informes de la policía de Japón citan que un tercio de las mujeres que son asesinadas cada año son asesinadas por sus maridos. Este es un número que es sorprendentemente similar a la cantidad que usted encontrará en los Estados Unidos. Así que, como vemos en la cuestión transversal cultural, creo que lo que podemos decir es que hay más similitudes que diferencias que unen a las mujeres que se encuentran en este tipo de situaciones .



El gobierno de Japón está empezando a responder a este problema. En 2001, la Ley de Prevención de la Violencia Esposa y protección de las víctimas se aprobó.
Hubo un período de tres años de estudio del gobierno que llevan a la aprobación de esta ley, entre 1997 y 2000. Y en ese estudio realizado por el Gobierno, cinco por ciento de las esposas que se incluyeron en este estudio dijeron que habían experimentado violencia de sus maridos. Y esos son sólo los que lo han admitido.

En 2001, cuando fue declarada ilegal a un abuso de la pareja, hasta este momento ha sido muy normal. las actitudes están cambiando entre los jóvenes. Una encuesta que se llevó a cabo para ver la opinion de los jóvenes en Japón . Cincuenta por ciento de los encuestados dijo que no es aceptable un abuso de la pareja. Por supuesto, eso significa que el 50 por ciento restante acepta como normal tal comportamiento .
Otro tema en relación con la explotación de la mujer en Japón es el tráfico de seres humanos que alimenta la industria del sexo de Japón. Muchas de las mujeres en los refugios están huyendo de la servidumbre sexual, temiendo por sus vidas.Japón es una sociedad donde hay desigualdades sexuales que se aceptan como un hecho dado, y donde la explotación sexual de la mujer no es necesariamente visto como algo malo.
La mayor parte de las mujeres víctimas de trata en Japón para trabajar en la industria del sexo, son las más pobres de los países asiáticos, como Tailandia, Filipinas, Taiwán y, más recientemente, China. La víctimas de la trata de mujeres en general no tienen que entrar en el país ilegalmente. Muchas de ellas son introducidas en el país con los visados

Se estima que hay alrededor de 100.000 mujeres extranjeras víctimas de la trata cada año a Japón. Y hay probablemente cerca de 200.000 que están ilegalmente en el Japón en cualquier momento. Eso es un número grande para un pequeño país como el Japón. El noventa por ciento de estas mujeres vienen de otros países asiáticos. Hay un número cada vez mayor proveniente de América Latina, Colombia en particular. La trata de seres humanos es un mercado económico que ha superado el tráfico de drogas .


Normalmente hay intermediarios y promotores que contratar a mujeres en su país de origen. Una vez contratada, el intermediario recibe entre $ 2500 y $ 8000 por cada mujer que reclutan. A continuación, la mujer es vendida de nuevo cuando llega a Japón. Ella es comprada por un promotor, y la ponen en una discoteca o empresa que se especializa en el sexo y el entretenimiento. Su precio es del doble de lo que le costaria llegar a ella a Japón. Aquí es donde ella se encuentra en la servidumbre por deudas.

TELÉFONOS DE EMERGENCIA CONTRA EL MALTRATO

AMBITO NACIONAL

Comisión para la investigación de Malos TratosTels.: 900 10 00 09 / 91 308 27 04(Para información de urgencia de malos tratos. Horario: de 10 a 14h. y de 16 a 18h.)

Instituto de la Mujer-Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesTel.: 900 19 10 10Tel.: 900 15 21 52 (para información a mujeres sordas)Es un servicio de ámbito nacional al que se puede llamar gratuitamente las 24 horas del día.
ANDALUCÍA
Tel.: 900 20 09 99(Servicio telefónico de información a la mujer, 24 horas)
ARAGÓN
Tel.: 901 50 45 04(Servicio telefónico, 24 horas)
ASTURIAS
Instituto Asturiano de la MujerTel.: 985 10 67 07
BALEARES
Comisión Interdepartamental de la MujerTel.: 971 17 65 65
CANARIAS
Tel.: 900 71 35 71(Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria. Teléfono gratuito deasistencia y asesorameitno a la mujer)
CANTABRIA
Tel.: 900 33 22 21(Teléfono de la mujer. Dirección General de la Mujer)
CATALUÑA
Tel.: 900 70 30 30(Servicio telefónico de atención social. Urgencias. Ayuntamiento de Barcelona)
CASTILLA-LA MANCHA
Dirección General de la MujerTel.: 925 26 72 00
CEUTA
Consejería de Sanidad y Bienestar SocialTel.: 956 52 82 00
EXTREMADURA
Tel.: 900 50 03 35(Teléfono de la mujer, 24 horas. Dirección General de la Mujer)
GALICIA
Tel.: 900 40 02 73(Teléfono de la mujer. Servicio Gallego de Igualdad)
MADRID
Dirección General de la MujerTel.: 901 50 45 04
MELILLAGabinete de la MujerTel.: 952 67 54 24
MURCIA
Secretaría de la MujerTel.: 968 36 66 29
NAVARRA
Instituto Navarro de la MujerTel.: 948 20 66 04
LA RIOJA
Dirección General de Bienestar SocialTel.: 941 29 11 00
PAÍS VASCO
Institiuto Vasco de la MujerTel.: 945 13 26 13
COMUNIDAD VALENCIANA
Dirección General de la MujerTel.: 96 398 56 00

Organismos Internacionales pro Derechos Humanos

Organismos Internacionales pro Derechos Humanos



Alianza para un mundo responsable, plural y solidario.

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

Amnistía Internacional.

Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos.

Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo

Brigadas Internacionales de Paz

Centro de Derechos Reproductivos.

Centro de Documentación, Investigación e Información de los Pueblos Indígenas.

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.

Comisión Andina de Juristas.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Comisión Interamericana de Mujeres

Comisión Internacional de Juristas

Comisión para la defensa de los Derechos Humanos en Centro América

Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer

Comité Internacional de la Cruz Roja

Conecta Sur

Consejo de Derechos Humanos

Convención Europea de Derechos Humanos

Corte Interamericana de Derechos Humanos

Coordinadora Contra la Represión Institucional y Policial

Corte Internacional de Justicia

Derechos Human Rights

Diakonia

ECPAT Internacional

Federación Iberoamericana del Ombudsman

Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Fondo de Población de Naciones Unidas

Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe

Fundación Rigoberta Menchu Tum

HelpAge Internacional

Human Rights Watch

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Instituto Interamericano del Niño.

Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente

Plataforma de Información del Pueblo Indio

Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo

Programa de Acción Mundial para los Impedidos

Proyecto Desaparecidos

Red Latino Americana y Caribeña por la defensa de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes

Save the Children

Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Unión Europea, Derechos Humanos y Democracia